lunes, 7 de septiembre de 2009

Demuestre su interés! Prácticas republicanas y democráticas en la provincia de Santa Fe.

El debate sobre la reforma política se ha instalado nuevamente, luego de años de ostracismo, en la agenda pública. Sin embargo algunas de las modificaciones necesarias en lo atinente al ejercicio pleno de la ciudadanía no son tenidas en cuenta.

En la Provincia de Santa Fe aún queda sin resolver completamente el debate sobre la necesidad del establecimiento de mecanismos de control de los ciudadanos sobre los gobernantes, como también el que dichos mecanismos puedan ser utilizados en la práctica. Esto se relaciona con la necesidad de que los gobernantes den cuenta de sus actos (accountability) independientemente de los momentos eleccionarios.

Un aspecto que se convierte en fundamental es que ciertas normas exigen a los ciudadanos demostrar su “interés legítimo” para obtener la información pública.

El acceso a la información en el gobierno provincial.

La libertad de expresión no puede ser pensada sin proteger el derecho a buscar, difundir y recibir informaciones e ideas sin consideración de fronteras.

Con relación a la búsqueda de la información pública, en la Provincia de Santa Fe no existe una ley que conceda a los ciudadanos el derecho a acceder a la información y a los registros básicos del gobierno en el nivel provincial. En términos normativos la Constitución provincial sólo reconoce en su artículo 11 el derecho de todo individuo a la libertad de expresión pero no garantiza en forma explícita el derecho previo de las personas a buscar y recibir ideas e informaciones de toda índole.

El actual gobernador debió recurrir a la firma de un decreto para regular dicho acceso para las dependencias del poder ejecutivo, el cual prevé algunas excepciones siempre que estén debidamente fundamentadas.

En la Legislatura provincial fueron presentados numerosos proyectos, algunos tratados en el recinto, que luego perdían estado parlamentario. Las informaciones periodísticas han dado cuenta de la falta de predisposición principalmente del Senado provincial para aprobar una ley en el tema, así como de la falta de reconocimiento de este derecho en la práctica.

Como medida ya existía la obligación de publicar en la página web del gobierno todas las gestiones de contratación de obras públicas. Sin embargo no preveía que los ciudadanos tuvieran el derecho a apelar si se les negaba el acceso a un registro básico del gobierno provincial.

Las únicas opciones existentes con anterioridad eran iniciar procesos de apelación basados en la Constitución Nacional, o la presentación de una solicitud de pronto despacho ante un órgano público al que se le solicitaba la información.

Ante esta última opción era el responsable de la dependencia o del área, quién determinaba la oportunidad del pedido y el “interés legítimo”.

Así no existían plazos legales para la entrega de la información requerida, ni se podían iniciar procesos de apelación. Estas alternativas no eran tomadas por los ciudadanos ya que los tiempos que implicaban eran demasiado extensos y se perdía el interés sobre el tema.

Diferentes medios periodísticos dieron cuenta de la falta de información sobre nombramientos políticos y gastos de los funcionarios de gobierno. Esto ha sido considerado como producto de una cultura política provincial reacia a brindar acceso a la información pública, lo cual hace más engorrosa la transparencia de la gestión.

La situación descripta fue mitigada en los últimos años ya que los ciudadanos han podido acceder a información sobre las acciones del gobierno provincial y la administración pública, la legislación sancionada y las estadísticas provinciales a través del portal web de la Provincia. Sin embargo se debe tener en cuenta que no toda la información está disponible en dicho sitio, pero se la puede solicitar y si está autorizado su acceso se entrega de manera gratuita.

La ciudadanía y el financiamiento de los partidos políticos.

La legislación establece que la rendición de cuentas de las campañas electorales de los partidos políticos, confederaciones o alianzas debe presentarse ante el Tribunal Electoral dentro de los treinta días de realizado el acto electoral.

El informe debe constar de un detalle de los ingresos y egresos producidos en la campaña, acompañado de un estado de origen y aplicación de dichos fondos debidamente documentado y del listado completo de las personas físicas y jurídicas que hayan realizado aportes económicos o donaciones a los candidatos, detallando datos de identificación personal y tributaria, monto y fecha del aporte. Esta información debe hacerse pública.

Pero la dificultad se encuentra en que nuevamente la ley 12.080 en su artículo 9º establece que el listado completo de los aportantes se debe presentar ante el Tribunal Electoral, pero sólo puede consultar dicha información quien acredite un “interés legítimo” y el tribunal así lo considere.

Así pueden solicitar la información sólo los apoderados de los partidos políticos, presentando ante el Tribunal Electoral una solicitud que debe ser declarara de “interés legítimo”.

Por ello los registros no son abiertos a la ciudadanía y además existe la fuerte sospecha de que la información no suele reflejar realmente los ingresos y egresos de los partidos. Esta dificultad para el acceso a la información de los gastos de las campañas electorales limita el control sobre los partidos políticos y sus acciones proselitistas.

Además las restricciones que establece la norma provincial no abarcan todas las formas en las que pueden hacerse aportes a los partidos, por ejemplo en medios de transporte, nafta, suministros, y tampoco fija montos máximos para las contribuciones.

Hay que adicionar que en la práctica, en el nivel provincial, no todos los partidos políticos y candidatos informan las contribuciones recibidas y los gastos realizados en un plazo razonable de tiempo según lo establece la legislación, y menos aún las hacen conocer por la ciudadanía.

Conclusiones.

El estudio del caso de Santa Fe nos permite rastrear las tendencias aun persistentes que limitan el desarrollo de la democracia y la accountability en la provincia. Observar la evolución de sus instituciones y los límites, tanto formales como informales, nos permite dar cuenta de la particularidad que tiene este régimen político y cómo se relaciona con la extensión de la ciudadanía. Los ciudadanos tienen interés, no debe ser demostrado.

Rosario, agosto de 2009.