lunes, 24 de octubre de 2016

Tres cuestiones sobre la reforma electoral

Diario La Capital, Domingo 23 de Octubre de 2016.

Una reflexión sobre los principales cambios a la ley electoral que tiene media sanción en Diputados y aún debe discutir el Senado.
La ciudadanía se encuentra nuevamente frente al debate de una nueva reforma electoral que le propone la clase política. Esta vez de nivel nacional. La Cámara de Diputados ha dado media sanción a un conjunto de cuestiones que deberán ser discutidas y aprobadas en las próximas semanas por el Senado de la Nación para convertirse en ley.
   Antes que nada debemos entender que toda reforma política discute la manera de repartir el poder político electoral y las distintas opciones que toman los legisladores inciden y condicionan las decisiones del elector.
   A partir de ello debemos hacer una aclaración. Estas modificaciones tendrán vigencia sólo para cuando elegimos entre los candidatos para los cargos legislativos o ejecutivos de nivel nacional, o, algunas de estas normas, en las elecciones simultáneas. Por lo cual, en el marco de nuestro federalismo, las instancias provinciales y locales no estarán necesariamente alcanzadas por estas nuevas reglas. Salvo que cada provincia, y en algunos casos los municipios, opten por adherir a la ley de nivel nacional o decidan votar simultáneamente.
   Entre los principales cambios decididos podemos enumerar los siguientes.
Cómo se vota. El proyecto con media sanción establece el sistema de boleta única electrónica que se aplicó por primera vez el año pasado en la ciudad Buenos Aires. El mismo, si es aprobado, será implementado en todo el país simultáneamente desde las elecciones legislativas de 2017 para los cargos nacionales.
   El sistema, que suplanta a las boletas sábana de papel tradicional, busca evitar algunos de los problemas que suelen darse en los comicios. Entre ellos se destacan el robo o faltante de boletas, su suplantación por boletas apócrifas y la falta de fiscalización por parte de los partidos.
   Esta es una discusión que en Santa Fe y Córdoba ya se ha dado cuando se implementó la boleta única en papel y nos hemos explayado en los beneficios y perjuicios de cada sistema.
   Sin embargo hay tres temas que deben ser aclarados en relación con la boleta única electrónica.
   El primero de ellos se refiere a la idea según la cual con la boleta única electrónica se termina con las prácticas clientelistas. Así lo expresaba Adrián Pérez, secretario de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, al señalar que "con la boleta electrónica se va a terminar con el clientelismo ya que la boleta en papel lo fomenta". No estamos de acuerdo con lo señalado ya que con este sistema se pueden evitar otras falencias de los comicios pero no ésta. El clientelismo, como han señalado colegas, no es sólo un acontecimiento del domingo de elecciones, ni se erradica con una boleta única electrónica. De ser así no se tendrían las distintas indicaciones de las diferentes autoridades electorales sobre el uso de los celulares durante el momento de sufragar para evitar el llamado "voto cadena". El clientelismo no es un problema con solución tecnológica, ni resoluble con una "fe ciega" en que "si hay algo que se enchufa y tiene un microchip estamos salvados".
   El segundo, que la idea de que es un sistema que evita el fraude por su seguridad está puesta en cuestión por distintos profesionales que analizan su vulnerabilidad. Señalan que dado que la boleta única electrónica incluye un chip, éste se puede destruir, leer y modificar desde una corta distancia. Además, como cada chip está numerado es posible identificar quién votó a quién. Por su parte, los defensores del sistema consideran que "mantiene inalterables los valores del voto tradicional en papel", a lo que se suman las virtudes de la tecnología. Así "es el propio sistema, y no el esfuerzo partidario, el que brinda las garantías para que se respete la libre decisión del votante".
   Por último, que el sistema favorece a los partidos con menor estructura territorial, donde los fiscales seguirán siendo necesarios para controlar el escrutinio de mesa, pero verán una reducción de sus requerimientos organizativos.
A quiénes se vota. Tres son los cambios votados. El primero refiere a la participación igualitaria entre hombres y mujeres en la conformación de las listas legislativas. La paridad de género deberá garantizar que figuren intercalados en las listas. Esta decisión tuvo un amplio apoyo de los legisladores, aunque provocará modificaciones en la forma de selección de sus candidatos en los partidos políticos.
   El segundo es la prohibición de las candidaturas múltiples que impide que un dirigente sea candidato de manera simultánea para dos cargos nacionales. También lo hace para las candidaturas en paralelo para cargos nacionales, provinciales y municipales que se elijan en comicios simultáneos.
   Es interesante el efecto práctico de esta última prohibición ya que no tendrá efecto para aquellas provincias o municipios que decidan separar sus elecciones de las nacionales. Con ello se produce un fuerte incentivo a favor de la separación de los turnos electorales nacionales y distritales cuando los dirigentes provinciales quieran escapar de esta reglamentación.
   Por último, se modifica la manera de elegir a los candidatos para el Poder Ejecutivo de la Nación. En las elecciones primarias abiertas simultáneas y obligatorias presidenciales no se elegirá una fórmula sino sólo candidato a presidente. De esta forma se abre en la segunda vuelta electoral la posibilidad de completar la fórmula con la nominación de un vicepresidente que favorezca los acuerdos en el interior de los partidos o coaliciones.
Quién controla. Otro de los cambios fundamentales se ha dado en quién tiene la responsabilidad de ser la autoridad para el escrutinio. Hasta la actualidad el control jurisdiccional nacional del escrutinio provisorio, que incluye la recepción de votos, el proceso y la difusión de los resultados, ha estado a cargo del Poder Ejecutivo a través del Ministerio del Interior. El nuevo régimen designa a la Cámara Nacional Electoral para que el proceso electoral quede en sus manos. El objetivo de este cambio es evitar la colusión de intereses entre el gobierno y quién regula los procesos electorales, en otras palabras se parte de la suposición de que no habrá involucramiento del poder político en los cómputos provisorios de los votos. En suma, se busca dotar de transparencia a los comicios.
   Los argumentos no son coincidentes para todas estas iniciativas y se prestan a valoraciones que no pueden ser cotejadas necesariamente con los casos en los cuales el sistema ha sido implementado.

   Nuevamente se coloca en el sistema de votación y de control del voto una explicación de la dinámica política que tal vez deba buscarse en otros factores. Lo que no puede desconocerse es que la reforma política en su conjunto tiene una serie de consecuencias concretas en la competencia electoral, que beneficia a algunos y perjudica a otros.
V. Gastón Mutti
Profesor Titular UNR- UNER
Director del Centro de Investigación de Políticas Sub Nacionales UNR

No hay comentarios: